Iglesia Católica Apostólica Peruana
Internationalen Bishofs Conclave (IBC)
La Iglesia Católica Apostólica Peruana, una institución de carácter permanente, es la Asamblea de los Obispos que ejercen unidos algunas funciones pastorales respecto de los fieles, para promover conforme a la norma del derecho el mayor bien que la Iglesia proporciona a los hombres, sobre todo mediante formas y modos de apostolado convenientemente acomodados a las peculiares circunstancias de tiempo y de lugar.
Presidencia de la ICAP
Son funciones del Presidente :
a) Convocar y presidir la Asamblea Plenaria y las reuniones del Consejo Permanente, asistido por el Secretario General
b) Representar legalmente a la Iglesia Católica Apostolica Peruana (ICAP)
c) Preparar las reuniones del Consejo permanente con el Secretario General.
d) Pronunciarse y actuar en nombre de la ICAP y resolver los casos dudosos cuando se impongan decisiones urgentes o declaraciones inaplazables y no existe posibilidad de convocar al Consejo Permanente. No se incluyen en estas funciones aquellos pronunciamientos que tengan carácter legislativo y las declaraciones doctrinales.
Vicepresidente de la Iglesia Católica Apostólica Peruana
En caso de impedimento temporal del Presidente, asumirá la Presidencia el Primer Vice-Presidente .
En caso de vacancia de la Presidencia, asumirá el cargo el Vice-Presidente , hasta la siguiente Asamblea Plenaria, en la que será elegido un nuevo Presidente para concluir el período. Igual procedimiento se tendrá en las vacancias de las Vice-Presidencias.